El Ministerio ha dejado de asumir los honorarios de los abogados de oficio que representaban a personas que no tenían derecho a la asistencia jurídica gratuita. Hoy, se exige que todas las defensas de oficio sean remuneradas.
El Ministerio de Justicia comunicó el pasado 21 de octubre al Consejo General de la Abogacía que deja de asumir el pago de los letrados designados judicialmente para representar a personas que no tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita. Antes, sí los pagaba si bien la ley no lo permitía en algunos casos. Esta medida ha provocado la reacción del Consejo, que ah emitido un comunicado al Gobierno que exigía la «inmediata apertura de una negociación para que asuma todos los pagos y no solo la justicia gratuita».
El Consejo General de la Abogacía exige el pago de las minutas en todos los turnos de oficio
Tras los informes presentados por la Abogacía del Estado y de la Intervención alertando a los abogados de que estas minutas podrían no tener amparo legal, ya que la ley no permite pagar los costes de los abogados designados por orden de los jueces para defender a empresas y a todas aquellas personas que derecho a la defensa gratuita, el departamento encabezado por Dolores Delgado ha adoptado la iniciativa. Ahora exigen al Gobierno el pago de los costes de todas las defensas de oficio.
El Consejo General de la Abogacía ha declarado que el «El Ministerio justifica su posición en que podría estar cometiendo una ilegalidad, ignorando que buena parte de las comunidades con competencias en la materia asumen el pago completo del turno de oficio y que el propio Ministerio lleva años haciéndolo», y que de esta forma, el Gobierno se «desentiende» de «esta parte del funcionamiento de los tribunales y deja en manos de los colegios y de los propios abogados sufragar el coste de defensa de quienes no cumplan con los requisitos para recibir los beneficios de la Justicia Gratuita».
Por su parte, desde el Gobierno aseguran que van a seguir pagando los costes de todas las defensas de oficio, como venía haciendo hasta ahora, siempre y cuando estén amparadas por la ley, y este no es el caso de las defensas de personas que no tienen derecho a una defensa gratuita.
El Consejo General de la Abogacía exige que siempre que se exija el pago de un turno de oficio se aporten todas las certificaciones que acrediten que se tiene derecho a la defensa gratuita y añade que, según la ley, todas las personas acusadas en un proceso penal deben tener un abogado de oficio, independientemente de tratarse de personas jurídicas, si así lo decreta un juez, y por lo tanto, ha de ser la justicia la que se ocupe de pagar los costes de la defensa.
Por el momento, aseguran desde el Consejo General de la Abogacía , los colegios están pagando los honorarios de los abogados de oficio tras la transferencia de Justicia y, si el cliente finalmente paga al abogado, se le devuelven. Este sistema, según las fuentes del Ministerio de Justicia aseguran que este sistema no es el adecuado.
El turno de oficio es aquel servicio prestado por un abogado de oficio defendiendo a un ciudadano ante un Tribunal de justicia de forma gratuita y se trata de un servicio financiado por el Estado a fin de satisfacer el derecho a una defensa gratis y a un proceso con las máximas garantías de igualdad e independencia. Se trataría de respetar el Derecho a la defensa de todo acusado ante la Ley y la asistencia necesaria para iniciar un juicio. De esta forma se cubren las necesidades del ciudadano que carece de recursos económicos, bajo tutela policial o penitenciaria o en un proceso penal de recibir una defensa efectiva.
Los abogados de oficio no suelen ser funcionarios públicos con dedicación exclusiva, sino que normalmente el turno de oficio lo ejercen abogados voluntariamente, retribuidos o no, por cada proceso asistido. Pero esto no significa que estos abogados sean altruistas y trabajen a cambio de nada. No son abogados sociales, trabajan, como todo el mundo, por dinero, y sus trabajos han de ser remunerados en cualquier caso.
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